La resolución podría sentar un importante precedente en la lucha contra los falsos autónomos y garantizar que los trabajadores reciban los derechos y beneficios correspondientes.

La Inspección de Trabajo ha emitido un fallo en el que regulariza el estatus laboral de 3.060 repartidores de Glovo en Andalucía que antes eran considerados falsos autónomos. La resolución de la inspección concluyó que estos trabajadores cumplen con las características de dependencia y ajenidad propias de un contrato laboral, y no con las de un trabajador autónomo. Esto significa que los repartidores tendrán derecho a los beneficios y protecciones de un contrato laboral, incluyendo un salario mínimo, vacaciones pagadas y cotizaciones a la seguridad social.
La empresa de reparto de comida a domicilio Glovo ha estado en el ojo del huracán en varios países por la precariedad laboral de sus trabajadores. Muchos de los repartidores han denunciado que trabajan sin contrato y sin derechos laborales básicos, lo que ha llevado a varias demandas y críticas. En este caso particular, la inspección determinó que los trabajadores eran dependientes de la empresa y no tenían control sobre su trabajo, lo que justificó la reclasificación de su estatus laboral.
Esta resolución podría sentar un importante precedente en la lucha contra los falsos autónomos en el sector de las plataformas digitales de reparto. Muchas empresas han sido criticadas por emplear a trabajadores como autónomos, en lugar de como empleados con derechos laborales y beneficios. Esta práctica permite a las empresas ahorrar en costes laborales y aumentar sus beneficios, pero a menudo a expensas de los trabajadores. Con esta resolución, la Inspección de Trabajo ha enviado un mensaje claro de que los trabajadores deben ser clasificados de acuerdo con su situación laboral real y recibir los derechos y beneficios que les corresponden.