¿Me puedo librar de una mesa electoral si tengo un viaje? ¿Y si voto por correo? 

Con el adelanto electoral muchos ciudadanos se preguntan si tener un viaje programado les eximiría de formar parte de una mesa electoral en caso de ser convocados.

Me puedo librar de una mesa electoral si tengo un viaje

Las próximas elecciones generales en España están programadas para el 23 de julio de 2023, una fecha poco favorable para celebrar comicios nacionales debido a que coincide con el periodo de vacaciones de verano.  

Muchos ciudadanos se preguntan si tener un viaje programado les eximiría de formar parte de una mesa electoral en caso de ser convocados. Además, el anuncio del adelanto de las elecciones generales por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras la derrota sufrida por el PSOE en las elecciones autonómicas y municipales, ha generado aún más incertidumbre sobre este tema. 

Según la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, se recogen los motivos justificados por los cuales un ciudadano puede evitar ser miembro de una mesa electoral durante una jornada electoral. Sin embargo, esta normativa no hace referencia explícita a la ausencia por viaje como motivo válido para recurrir.  

Aunque se acepta como posible causa para evitar ser convocado a una mesa electoral la concurrencia el día de la elección de eventos familiares de especial relevancia, que resulten inaplazables o que el aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre y cuando el interesado sea el protagonista o tenga una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad. 

En la práctica, esto significa que contratar un viaje no exime automáticamente de la obligatoriedad de formar parte de una mesa electoral. Cada caso particular será decidido por las juntas electorales de zona, quienes evaluarán las circunstancias y determinarán si se acepta la excusa presentada. 

En vista de esta situación, FACUA-Consumidores en Acción y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) han solicitado a las juntas electorales de zona que consideren con especial sensibilidad los viajes vacacionales y flexibilicen sus criterios en determinados casos. Además, FACUA ha pedido a la Junta Electoral Central que emita un nuevo criterio interpretativo de las causas por las cuales los ciudadanos están exentos de ser miembros de las mesas electorales, a fin de incluir ciertos viajes vacacionales. 

Es importante tener en cuenta que la ley no define de manera clara el criterio de eventos familiares de especial relevancia, lo que puede llevar a la adopción de criterios interpretativos dispares por parte de las juntas electorales. Por ello, es fundamental presentar alegaciones en un plazo de siete días ante la Junta Electoral de Zona en caso de ser elegido para formar parte de una mesa electoral y tener un viaje previamente contratado. En estas alegaciones, se debe justificar la causa que impide aceptar el cargo y adjuntar la documentación que respalde dicha situación, como la reserva de hotel o la compra de billetes de avión o tren. 

En el caso de que la Junta Electoral deniegue la excusa presentada, la OCU señala que estaríamos ante un supuesto de fuerza mayor, ya que se trata de una obligación legal imprevista e imprevisible. Por tanto, se pueden cancelar las vacaciones sin penalización económica, incluso si no se cuenta con un seguro de viaje contratado. Esto se debe a que se trata de una circunstancia extraordinaria que obliga a las partes a restituirse en sus prestaciones según el Código Civil.  

Es importante adjuntar a la solicitud de cancelación la resolución de la Junta Electoral que designa como miembro de la mesa electoral, así como la resolución que deniega la excusa presentada. 

Además, la OCU destaca que esta situación excepcional se aplica tanto al nominado como a los demás miembros de la unidad familiar si la reserva se realizó conjuntamente, extendiendo la causa de fuerza mayor a todos los viajeros que planificaron el viaje en grupo. 

En resumen, contratar un viaje no exime automáticamente de la obligación de formar parte de una mesa electoral en las elecciones generales de España en 2023. Cada caso será evaluado por las juntas electorales de zona, quienes tomarán la decisión final. Ante esta situación, FACUA y la OCU han solicitado a las autoridades electorales que consideren los viajes vacacionales y flexibilicen sus criterios.  

Si un ciudadano es seleccionado para una mesa electoral y tiene un viaje previamente contratado, puede presentar alegaciones justificando la causa y adjuntando la documentación correspondiente. En caso de denegación, se puede considerar la situación como fuerza mayor, lo que permitiría la cancelación de las vacaciones sin penalización económica. Es importante seguir los procedimientos establecidos y presentar la documentación necesaria para respaldar la situación. 

¿Y si pido el voto por correo?

El sorteo de los integrantes de las mesas se hace con todos los inscritos en el censo electoral. Si se pide el voto por correo, lo que no se permite es ir a votar presencialmente el día de las elecciones pero si podrás ser convocado para formar parte de una mesa.

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