Entra en vigor la ley orgánica que reconoce el derecho a la baja laboral por reglas dolorosas. La ley establece que este permiso y subsidio se concede a las mujeres que experimentan una "menstruación incapacitante secundaria", pero es importante comprender qué significa exactamente y cuáles son los requisitos y límites asociados.

Este jueves 1 de junio ha entrado en vigor la ley orgánica que reconoce el derecho a la baja laboral por reglas dolorosas. Esta nueva medida ha sido recibida con alivio por muchas mujeres, como Esther, una joven médica que sufre intensos dolores menstruales que le impiden llevar a cabo sus actividades diarias de manera adecuada. «Me tranquilizó saber que podría no tener que ir a trabajar con un dolor que apenas me deja andar erguida y mucho menos estar en condiciones para tratar con personas como se debe», confiesa Esther.
La ley establece que este permiso y subsidio se concede a las mujeres que experimentan una «menstruación incapacitante secundaria», pero es importante comprender qué significa exactamente y cuáles son los requisitos y límites asociados.
La reforma de la ley de salud sexual y reproductiva, impulsada por el Ministerio de Igualdad, reconoce la baja laboral por la «incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada». Sin embargo, no todas las mujeres que experimentan dolor menstrual tienen una enfermedad subyacente. Un 15% de las mujeres padece dismenorrea primaria o idiopática, que es igual de dolorosa pero cuya causa aún se desconoce. El restante 85% corresponde a pacientes con endometriosis, adenomiosis o miomas, que son patologías difíciles de diagnosticar en muchos casos.
El presidente de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO), Txanton Martínez-Astorquiza, destaca la importancia de acudir a consulta si los dolores persisten a pesar de los tratamientos. Además, reconoce que evaluar la incapacidad generada por el dolor menstrual solo a través de una ley puede ser complicado y sugiere que se debe realizar un análisis médico individualizado antes de conceder el permiso.
En cuanto al funcionamiento de este derecho, la ley equipara la «menstruación incapacitante secundaria» a una «situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes». Esto significa que se considera similar a una baja por cualquier otra enfermedad o accidente no laboral. La Seguridad Social pagará el subsidio desde el primer día y sin un límite de tiempo predeterminado, siempre y cuando la persona se encuentre en situación de incapacidad temporal debido a la menstruación.
Es importante destacar que este derecho se aplica a todas las personas que se encuentren en España, independientemente de su nacionalidad. Además, la ley establece que todas las referencias a las mujeres relacionadas con los derechos reproductivos también se aplicarán a personas trans con capacidad de gestar, lo que significa que los hombres trans que menstrúan también pueden acogerse a esta baja.
A pesar de la implementación de este nuevo derecho, algunas mujeres se sienten inseguras sobre si solicitarán o no la baja. Algunas temen infravalorar su propio dolor o enfrentar consecuencias negativas en el ámbito laboral. Sin embargo, el tiempo revelará si esta ampliación del derecho de baja para el dolor menstrual es diferente a cuando se aplica para otras dolencias. El objetivo del Gobierno es conciliar el derecho a la salud con el empleo y proteger a las mujeres, siempre bajo supervisión médica.
Además de la baja por reglas dolorosas, la última modificación de la ley de salud sexual y reproductiva también incluye otras dos situaciones en las que se concede la incapacidad temporal. En el caso de interrupción voluntaria del embarazo, se otorgará la baja mientras la persona reciba asistencia sanitaria y esté impedida para trabajar. Si la interrupción del embarazo se debe a un accidente laboral o una enfermedad profesional, se considerará una «situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales». Por otro lado, las embarazadas tendrán derecho a la baja a partir de la semana 39, sin necesidad de complicaciones adicionales.
En resumen, la entrada en vigor de la ley que reconoce el derecho a la baja por reglas dolorosas es un avance significativo en la protección de la salud y el bienestar de las mujeres. Aunque existen desafíos en la medición y evaluación del dolor menstrual, se espera que esta nueva medida proporcione un apoyo vital para aquellas que experimentan una menstruación incapacitante.