La sección tercera de la Audiencia de Barcelona ha confirmado la situación de prisión provisional para el exjugador del Barça, Dani Alves, quien está siendo investigado por una agresión sexual ocurrida en la discoteca Sutton de Barcelona el pasado 30 de diciembre.

El tribunal ha rechazado por segunda vez un recurso presentado por la defensa de Alves, quien argumentó el viernes pasado que no existía riesgo de fuga, ya que el jugador planeaba vivir con sus hijos en la capital catalana. Sin embargo, la audiencia no ha considerado este «proyecto de vida» como válido.
En su auto, el tribunal ha señalado que la documentación española y el empadronamiento de los hijos menores de Alves en España parecen haber sido preparados específicamente para alegarlos ante el tribunal, prácticamente el mismo día en que se denegó la solicitud de libertad.
Los jueces han afirmado que los indicios que inicialmente llevaron a mantener al futbolista en prisión provisional hace tres meses siguen siendo sólidos. Además, el Juzgado de Instrucción 15 de Barcelona también ha rechazado en dos ocasiones la petición de Alves de quedar en libertad provisional hasta el juicio.
Desde el 20 de enero, Alves se encuentra recluido en el centro penitenciario de Brians 2.
El tribunal se ha pronunciado también sobre las grabaciones de las cámaras de seguridad de la discoteca, que han sido utilizadas tanto por la acusación como por la defensa para respaldar sus argumentos. Sin embargo, el tribunal ha dejado claro que esta controversia se resolverá durante el juicio y no en la etapa de instrucción.
A pesar de ello, la audiencia ha adelantado que no comparte la postura de la defensa ni el «particular sesgo» de un informe privado presentado sobre los vídeos, según el cual las imágenes contradicen el testimonio de la denunciante.
La defensa de Alves ha destacado, basándose en las imágenes, que la denunciante parecía estar en actitud festiva y cercana al jugador antes de entrar al baño. Sin embargo, los jueces han argumentado que dicho comportamiento no puede justificar una agresión sexual, incluso si se tratara de un cortejo sexual entre dos adultos, como sostiene la defensa.
Además, los jueces han rechazado la idea de que el consentimiento de la denunciante para entrar al baño implique que haya consentido tener relaciones sexuales. Han subrayado que lo que ocurrió antes de ingresar al baño no determina si la joven consintió o no el acto sexual.
Con esta decisión de la Audiencia de Barcelona, Dani Alves continuará en prisión provisional hasta que se celebre el juicio por la agresión sexual.
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