El Tribunal Supremo ha ratificado el procesamiento del expresidente de Cataluña, Carles Puigdemont, por los delitos de desobediencia y malversación.

El juez del ‘procés’, Pablo Llarena, tomó la decisión de procesar a Puigdemont después de la revisión realizada tras la entrada en vigor de la reforma penal que derogó el delito de sedición, que inicialmente era el delito por el cual se investigaba al líder independentista.
La Sala de Apelación del alto tribunal, encargada de resolver los recursos presentados por Puigdemont y los demás implicados en el ‘procés’ contra las resoluciones de Llarena, ha rechazado los argumentos presentados por las defensas y por la acusación popular ejercida por Vox.
Según la Sala, «los encausados desplegaron e impulsaron una desobediencia civil y una insurrección institucional orientada a alterar el orden constitucional, sin ninguna llamada a la violencia, no unos desórdenes públicos por medio de la violencia». Los magistrados siguen así la línea establecida por el tribunal que juzgó a los líderes independentistas, que hace algunos meses rechazó calificar los hechos como desórdenes públicos y explicó que la reforma de la malversación no afecta al procesamiento por este delito, ni se pueden incluir los hechos en los nuevos subtipos atenuados fijados, que se cometen cuando no hay ánimo de lucro.
Durante la vista de apelación, la defensa de Puigdemont solicitó la anulación de las órdenes nacionales de detención y la revocación del procesamiento del expresidente y los exconsellers, argumentando que «el procedimiento debe adaptarse a la realidad generada por el poder ejecutivo y legislativo», ya que ninguno de ellos es responsable de la «lamentable» reforma penal.
En su opinión, el auto de procesamiento se había vuelto «obsoleto» y desfasado debido al «paso del tiempo y algunos hechos», como la sentencia del ‘procés’ y la reforma penal que deroga la sedición y modifica el delito de malversación, lo que ha llevado a este proceso a «una situación de enredo procesal». Sin embargo, la Fiscalía respondió que los implicados solo buscaban «complicar aún más el asunto desde el punto de vista procesal para seguir planteando nuevas batallas» en los tribunales, cuando «toda esta complicación procesal no ha sido obra del tribunal, ni de la Fiscalía ni de la Abogacía, ha sido obra de los recurrentes».
En consecuencia, los magistrados han confirmado la resolución dictada por el juez instructor el pasado marzo. La decisión se hizo pública este jueves, luego de que el pasado 8 de junio se llevara a cabo la vista de apelación en el Tribunal Supremo