Derecho a conocer los datos personales, la sentencia del TJUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido un importante fallo que garantiza el derecho de toda persona a conocer la fecha y el motivo por el cual se han consultado sus datos personales.

Derecho a conocer los datos personales, la sentencia del TJUE

Esta sentencia del TJUE resalta que incluso las actividades bancarias no pueden limitar este derecho fundamental de privacidad.

El TJUE se pronunció en el caso C-579/21, planteado por el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Finlandia Oriental. La pregunta prejudicial se refería a la interpretación del artículo 15, apartado 1, del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea.

El caso involucraba a un empleado y cliente de un banco finlandés, quien descubrió que sus datos personales habían sido consultados por otros miembros del personal bancario durante un período específico. El empleado, despedido posteriormente, solicitó al banco conocer la identidad de las personas que consultaron sus datos, las fechas exactas de las consultas y los fines del tratamiento de la información.

El banco se negó a proporcionar la identidad de los trabajadores que realizaron las consultas, argumentando que eran datos personales de los empleados. Sin embargo, detallaron las operaciones de consulta realizadas por su servicio de auditoría interna, relacionadas con un cliente asesorado por el solicitante, y alegaron la necesidad de verificar posibles conflictos de intereses.

La sentencia del TJUE establece que el RGPD garantiza el derecho del interesado a obtener información sobre las operaciones de consulta de sus datos personales, incluyendo fechas y fines. No obstante, el derecho a conocer la identidad de los empleados responsables de las consultas solo se concede si es indispensable para ejercer los derechos conferidos por el RGPD y se respetan los derechos y libertades de los empleados.

El TJUE subraya que en caso de conflicto entre el derecho de acceso del interesado y los derechos y libertades de otros, se debe realizar una ponderación equilibrada. Se enfatiza que se deben buscar modalidades que no violen los derechos y libertades de terceros involucrados.

En resumen, el TJUE ha reafirmado el derecho de las personas a conocer los detalles sobre las consultas de sus datos personales. Esta sentencia resalta la importancia de la privacidad y la transparencia en el tratamiento de la información personal. El hecho de que una entidad bancaria esté involucrada no puede limitar este derecho fundamental. El fallo del TJUE establece un precedente significativo para la protección de la privacidad y los derechos de los ciudadanos en la Unión Europea.

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