En verano es todavía más frecuente el hecho de viajar con animales; incluso es más probable que los viajes tengan como destino lugares fuera de los habituales y que el viaje tenga una mayor duración que en cualquier otro momento del año.
Vamos a centrarnos en los viajes que tengan lugar dentro del territorio del Estado español, y en los distintos medios de transporte que podemos utilizar: coche, avión, tren y barco.
Viajar con animales en coche
El Reglamento de Circulación únicamente hace mención a que los animales deben ir en el coche de manera que no puedan obstaculizar la conducción o distraer al conductor. En concreto, el conductor debe «mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción».
Pero, además, a nivel autonómico, habrá que tener en cuenta lo que establezca la ley de protección de los animales de la comunidad autónoma que corresponde. Por ejemplo, en Catalunya, los animales deben:
- Disponer de un espacio suficiente que permita, como mínimo, que puedan levantarse y tumbarse.
- Estar a salvo de la intemperie y de las diferencias climáticas fuertes.
- Recibir agua y alimentación a intervalos adecuados.
- Subir y bajar del coche sin que se les cause daño o sufrimiento.
Por otro lado, a nivel municipal, las ordenanzas también pueden prever determinadas obligaciones. Por ejemplo, la ordenanza de Sabadell es muy avanzada en este sentido y establece que los animales:
- Deben ir debidamente sujetos. En el caso de los perros, los sistemas pueden ser diversos: arnés con enganche al cinturón de seguridad, transportín o rejilla divisoria. En el caso de gatos y hurones, deberán viajar únicamente dentro de transportines.
- No pueden permanecer más de 30 minutos dentro de un vehículo estacionado. El coche, además, deberá estar en la sombra. Esto es fundamental para evitar golpes de calor.
- No deben viajar en el maletero, excepto si está conectado con el habitáculo del vehículo.
- También es importante vigilar al abrir las puertas, ya que el animal puede salir corriendo y sufrir un atropello o extraviarse.
Viajar con animales en avión
Habrá que tener en cuenta las condiciones de la propia empresa de transporte y la especie y el tamaño del animal.
Por ejemplo, hay aerolíneas, como Ryanair, que no permiten viajar con animales, a menos que se trate de perros guía o de asistencia.
Sí hay otras compañías, como Vueling, que permiten viajar con animales, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos. Por ejemplo, Vueling acepta perros, gatos, tortugas y aves, cuyo peso, incluyendo el trasportín en el que deben viajar, no supere los 10 kg. El trasportín deberá ser colocado en el suelo, entre las piernas del pasajero o bajo el asiento delantero. Además, Vueling no permite que los animales sean transportados en la bodega del avión.
Viajar con animales en tren
Como en el caso de las aerolíneas, deberemos estar a las condiciones de la empresa en concreto, así como al tamaño y especie del animal.
Por ejemplo, en los trenes Ave y de larga distancia, así como Avant y de media distancia, Renfe acepta perros, gatos, hurones y aves, de máximo 10 kg y dentro de su trasportín. En los trenes Avlo únicamente pueden viajar perros guía o de asistencia.
Ouigo también permite el transporte de perros, gatos, hurones y aves en sus trenes, los cuales deberán ir en trasportines de unas medidas determinadas. Los animales no podrán superar los 10 kg.
Viajar con animales en barco
De nuevo, hay que mirar las condiciones en que cada naviera acepta animales a bordo, aunque en este tipo de transporte, las empresas suelen ser más flexibles en cuanto al tamaño y al peso del animal.
Por ejemplo, Balearia, ofrece la posibilidad de viajar con máximo dos animales, que no superen los 30 kg juntos, en camarotes. En caso de superar los 30 kg, únicamente podrá viajar un solo animal.
También puede viajarse con el animal en butaca, pero en ese caso solamente podrá llevarse consigo un solo animal que no podrá superar, junto con el trasportín, los 8 kg.
Por último, existe la opción de que el animal viaje en casetas ubicadas en el garaje y en la cubierta, algunas de ellas con videocámaras para poder vigilar al animal.
Una opción muy parecida es la que ofrece Trasmed, de la compañía Grimaldi, que también permite viajar con animales en camarotes (máximo dos mascotas de hasta 30 kg o una sin límite de peso), en butacas (un animal de máximo 8 kg. en trasportín) y en casetas videovigiladas.
Otras cuestiones a tener en cuenta al viajar con animales
En todos los casos, sea cual sea el medio de transporte elegido, el animal debe estar identificado mediante microchip y debe llevarse su cartilla sanitaria.
También es importante tener en cuenta que, a día de hoy, en España, la única vacuna obligatoria es la de la rabia, excepto en Catalunya, País Vasco, Galicia y Asturias (en esta comunidad autónoma, para los perros considerados potencialmente peligrosos sí es obligatoria).
Una vez escogido el medio de transporte que mejor se adapte a vuestras necesidades, solo queda que, tanto tu animal como tú, disfrutéis de las vacaciones.
A partir del 29 de setiembre
La famosa Ley de bienestar animal comenzará su aplicación a partir del 29 de setiembre. Es por ello que los propietarios de mascotas deberán tener en cuenta unas pequeñas modificaciones en relación a cómo viajamos con nuestros animales favoritos.
En primer lugar, siempre que viajemos con perros, será obligatorio portar encima la placa censal municipal (obligatoria para todos los canes), la cartilla sanitaria y el seguro obligatorio (que inicia su obligatoriedad con el inicio de esta nueva Ley).
Toda la documentación anteriormente citada, podrá ser exigida en cualquier momento por los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. Por ello, nuestra recomendación es llevar todos los documentos fotografiados en nuestros dispositivos móviles para tal de llevarlos siempre encima y no poner en riesgo su integridad.
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