En un cambio trascendental, la reciente reforma legislativa aborda la manera en que se reconoce y nombra a los bebés fallecidos antes de nacer, marcando un giro desde la despectiva etiqueta de "criaturas abortivas" hacia la más compasiva designación de "nacidos sin vida".

Esta reforma, que entró en vigencia el 9 de agosto de 2023, responde a años de esfuerzos de familias y asociaciones especializadas en duelo perinatal para dignificar la memoria de sus seres queridos.
De "Legajo de Criaturas Abortivas" a registro digno y respetuoso.
Hasta la fecha, los bebés que fallecían a partir del sexto mes de gestación quedaban inscritos en lo que se conocía como el degradante «Legajo de Criaturas Abortivas». Este término, sumamente doloroso para las familias en duelo, despojaba de identidad y reconocimiento a sus hijos que no llegaron a nacer. La reforma, impulsada por la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados, reconoce el derecho de los padres a inscribir a sus bebés fallecidos después de seis meses de gestación en un nuevo modelo de registro, dándoles la consideración de «nacidos sin vida».
Un paso hacia la dignidad y el reconocimiento emocional.
La reforma permite que estos bebés sean inscritos en el archivo del Registro Civil y se les pueda otorgar un nombre, un paso crucial para la recuperación emocional de los padres. Montse Robles, presidenta de la Federación Española de Duelo Gestacional, Perinatal y Neonatal (Fedup), destaca que este cambio es un «bálsamo» para las familias que han experimentado la pérdida. Aunque la inscripción no tiene efectos jurídicos, representa un reconocimiento fundamental de la existencia y la importancia de estos bebés en la vida de sus padres.
De la lucha por el reconocimiento a la acción legislativa
La aprobación de esta reforma es el resultado de una lucha sostenida por familias y asociaciones durante años. Raquel Casas, cuya hija Juna nació sin vida en la semana 38 de gestación en 2021, fue una de las primeras en emprender la batalla por el reconocimiento de estos bebés. El cambio no solo implica una transformación en el registro civil, sino también una profunda reflexión sobre la necesidad de respetar y honrar la memoria de aquellos que no tuvieron la oportunidad de llegar al mundo.
¿Qué implica la reforma?
La reforma modifica un modelo del Registro Civil, creando la Declaración de nacidos sin vida tras los seis meses de gestación. Aunque esta inscripción no tiene efectos jurídicos, representa un avance significativo en la percepción y el trato hacia los bebés fallecidos antes de nacer. Además, esta reforma tiene efecto retroactivo, permitiendo la inscripción de bebés nacidos sin vida en el pasado.
Desafíos y futuro
A pesar de este avance importante, queda trabajo por hacer. La reforma aún no permite la inclusión de estos bebés en el Libro de Familia, un aspecto que las familias y las asociaciones esperan que se aborde en el futuro. También se plantea la posibilidad de extender la inscripción a bebés fallecidos antes de los seis meses de gestación y la aprobación de bajas paternales específicas en casos de duelo perinatal.
En última instancia, esta reforma marca un hito en la manera en que la sociedad reconoce y honra la vida de aquellos que no llegaron a nacer. El cambio en la nomenclatura de «criaturas abortivas» a «nacidos sin vida» representa un paso firme hacia una mayor compasión, empatía y respeto por las experiencias de duelo perinatal, al mismo tiempo que genera un espacio para la sanación y la dignificación de la memoria de estos bebés.