El Tribunal Supremo ratifica que las costas podrían ser inferiores a los honorarios del abogado en casos de cláusulas abusivas

El Tribunal Supremo ha avalado la posibilidad de que las costas procesales en litigios sobre cláusulas abusivas puedan ser menores que los honorarios del abogado del consumidor.

Emitida en una sentencia datada el 25 de julio de 2023, esta determinación respalda el principio de efectividad en la búsqueda de justicia.

El ponente de la resolución, el magistrado Sarazá Jimena, fundamenta esta decisión en una sentencia previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fechada el 7 de abril de 2022. Dicha sentencia establece que regulaciones procesales con costes excesivos podrían disuadir a los consumidores de ejercer acciones judiciales o defender sus derechos de manera efectiva ante el órgano judicial correspondiente.

La sentencia del Tribunal Supremo argumenta que las costas procesales que el consumidor vencedor pueda exigir al litigante derrotado deben ser proporcionales al costo total del proceso legal. Esto garantiza que no se desanime al consumidor de buscar protección jurídica amparada por la Directiva 93/13, que aborda cláusulas abusivas en contratos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respalda esta premisa al establecer que los Estados miembros, si implementan un régimen de reembolso de honorarios de abogado con limitaciones, deben asegurar que el reembolso sea razonable y proporcional al costo del procedimiento judicial relacionado con cláusulas contractuales abusivas.

El magistrado Sarazá Jimena opina que los requisitos para evitar que la regulación de las costas desanime a los consumidores a buscar protección jurídica están en consonancia con el ordenamiento jurídico en España.

La normativa vigente, representada por el artículo 394.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), establece un límite máximo para los honorarios del abogado que pueden incluirse en la tasación de costas, en caso de que la cuantía sea inestimable. Este límite se sitúa en un tercio de la cuantía total del procedimiento, lo que equivale a 6.000 euros considerados como «razonables». Esta regulación se considera adecuada, especialmente en casos de litigios en masa, donde la repetición reduce la complejidad.

Además, la norma permite aumentar la minuta del abogado en la tasación de costas en situaciones excepcionales, contemplando la posibilidad de elevar la cuantía por decisión del juez en casos particularmente complejos. Esta sentencia del Tribunal Supremo establece un marco que respalda la equidad entre costas y honorarios, asegurando la protección de los derechos del consumidor en casos de litigios relacionados con cláusulas abusivas en contratos mercantiles.

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