En los últimos días, la amnistía ha emergido como un tema candente en el debate político y jurídico en España, especialmente en relación con la condición que han planteado los partidos independentistas Junts y ERC para apoyar una posible investidura de Pedro Sánchez.

Sin embargo, la cuestión central es si esta medida de gracia colectiva es constitucional o no, un asunto que ha dividido a juristas y expertos en derecho constitucional.
El meollo de la controversia reside en que la Constitución española no menciona la amnistía de manera explícita, ni para permitirla ni para prohibirla. Aquellos que defienden su constitucionalidad argumentan que este silencio implica que la Constitución, en la práctica, permite la amnistía. «No hay un solo artículo de la Constitución que lo impida», sostiene Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla. En otras palabras, siguiendo el principio legal de «lo que no está prohibido, está permitido», la amnistía podría ser legítima.
En contraste, los críticos argumentan que la ausencia de la amnistía en la Constitución no es un olvido, sino una decisión deliberada de los constituyentes. Durante el proceso constituyente, se presentaron enmiendas para incluir la amnistía, pero estas fueron rechazadas. Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, argumenta que «la amnistía no cabe en la Constitución».
La discusión se complica aún más debido a una sentencia del Tribunal Constitucional de 1986, que juzgó una ley de amnistía de 1984. Aunque posterior a la Constitución de 1978, el tribunal consideró inconstitucional la medida, no por ser una amnistía en sí, sino por preocupaciones relacionadas con la seguridad jurídica.
El artículo 62 de la Constitución prohíbe los indultos generales, que algunos juristas consideran similares a la amnistía. Esto ha llevado a argumentos en contra de la amnistía, sosteniendo que si la Constitución prohíbe los indultos generales, implica que no considera compatible la amnistía.
Sin embargo, existe un debate sobre si la Constitución realmente prohíbe los indultos generales o simplemente restringe la capacidad de las Cortes Generales para otorgarlos. Según algunos, las Cortes tienen la facultad de tratar la amnistía y los indultos generales, lo que plantea interrogantes sobre su constitucionalidad.
Un tema central en la discusión es el posible «trato discriminatorio» que podría surgir si se concede la amnistía a personas condenadas por delitos relacionados con el ‘procés’ o la malversación, mientras que otros condenados por delitos similares no relacionados con el conflicto catalán no se benefician de la medida. Este aspecto podría plantear problemas de constitucionalidad.
Además, la discusión se extiende a si la amnistía podría ser considerada un ataque a la independencia judicial y al principio de igualdad. Algunos juristas argumentan que permitir la amnistía podría obstaculizar la función de los jueces y dar lugar a discriminaciones injustas.
Otro punto de debate es que la amnistía se otorga tradicionalmente en periodos históricos de transición política, como el paso de una dictadura a una democracia. En la actualidad, España garantiza los derechos y libertades de los ciudadanos, lo que ha llevado a cuestionar la necesidad de una amnistía en tiempos de paz.
La viabilidad de aprobar una amnistía en el corto plazo es otro tema polémico, ya que podría generar conflictos en el proceso legislativo y enfrentar obstáculos en el Senado y el Tribunal Constitucional.
En resumen, la discusión sobre la constitucionalidad de la amnistía en el contexto independentista en España está marcada por argumentos legales, históricos y políticos complejos. Se espera que el contenido específico de la propuesta de amnistía y su justificación sean fundamentales para evaluar su constitucionalidad en los próximos meses.