Cuando los empleados utilizan equipos informáticos proporcionados por la empresa, es común que esta realice un seguimiento del historial de internet para garantizar que se está haciendo un uso profesional y no personal de los dispositivos.

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid arroja luz sobre este asunto. En este caso, un trabajador fue despedido tras una inspección interna de su ordenador profesional. Los magistrados consideraron que el despido fue improcedente y que la conducta del empleado debería haberse calificado como falta leve, no merecedora de una sanción tan drástica.
Uno de los aspectos cruciales de esta sentencia es que se descartó la nulidad del despido debido a la falta de vulneración de un derecho fundamental, como la intimidad. Esto nos lleva a la pregunta central: ¿es el rastreo del historial de internet en el ordenador de empresa una violación de la privacidad del trabajador?
En este caso en particular, el empleado tenía conocimiento previo de las políticas de la empresa. Al iniciar sesión en su ordenador, recibía un mensaje que indicaba claramente que el equipo debía utilizarse exclusivamente para tareas relacionadas con el trabajo. Además, se le informó de la posibilidad de ser monitorizado por la dirección para verificar el uso adecuado de los equipos informáticos.
La monitorización reveló que el empleado había visitado sitios web no relacionados con su trabajo durante su jornada laboral. A pesar de las advertencias previas de su superior sobre el uso personal, el trabajador continuó con esta conducta.
La clave aquí es que el tribunal no consideró que hubiera habido una intromisión en la intimidad del empleado. En lugar de ello, se trató de un rastreo del historial de búsqueda en el navegador web. No se accedió a correos electrónicos personales ni a documentos creados por el empleado. Simplemente, se comprobó cómo se utilizaba el tiempo en línea.
Además, no se encontró evidencia de que esta conducta afectara negativamente al rendimiento laboral del empleado. No hubo una acumulación de tareas, errores en el trabajo o una falta de interés o atención.
En resumen, el rastreo del historial de internet en el ordenador de empresa, cuando se realiza de manera clara y transparente, no constituye una violación de la intimidad del trabajador. Es importante que las empresas establezcan políticas claras sobre el uso de dispositivos de trabajo y que los empleados estén informados de estas políticas.
Sin embargo, es esencial que estas políticas sean razonables y proporcionadas. En el caso mencionado, el despido se consideró desproporcionado para la conducta del empleado, lo que llevó a que se declarara como improcedente.
En última instancia, el equilibrio entre la supervisión del uso de los recursos de la empresa y el respeto a la privacidad del trabajador es un asunto delicado. La sentencia mencionada nos recuerda la importancia de encontrar este equilibrio y de garantizar que las políticas sean justas y transparentes para ambas partes.