Según datos del informe Desconocimiento hipotecario en España el 54% de los españoles desconocen la hipoteca inversa y sus finalidades.
Se trata de un producto financiero dirigido a personas mayores de 65 años que tengan en propiedad una vivienda y constituyendo un préstamo o crédito sobre ella obtengan una renta.
Una vez fallezca la persona, las entidades financieras pueden pactar quedarse con ella o bien si existen herederos que sufraguen la deuda, puedan pasar a ser propietarios de dicha vivienda.
El deudor hipotecario mayor de 65 años no pierde el derecho del uso de la vivienda ni tampoco la propiedad hasta al menos el momento del fallecimiento.
La persona mayor de 65 años tiene que encontrarse en situación de dependencia grave o en una gran dependencia.
A diferencia de otros préstamos hipotecarios que tienen como finalidad proporcionar al deudor poder adquisitivo para poder adquirir una vivienda, en la hipoteca inversa, el deudor ya es propietario de la vivienda y a cambio de establecer como garantía a ésta, obtiene una renta, que suele ser mensual.
Las ventajas más llamativas son que el deudor sigue usando su vivienda y obtiene efectivo que le permite subsistir durante los últimos años de vida.
La desventaja y el mayor problema considerándose fraudulento en ocasiones, es que no es una hipoteca común que a medida que se va pagando disminuye la deuda, sino que aumenta a lo largo del tiempo. Por ende, el deudor puede terminar debiendo más dinero al banco de lo que realmente vale la vivienda en razón al valor de mercado.
La hipoteca inversa tuvo un cierto impulso con la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria, pero no llegó a tener atracción por las entidades financieras para propiciar su auge.
No obstante, la incertidumbre que está girando en torno a las pensiones, ha llevado a las grandes entidades bancarias a ofrecer este producto con mayores garantías durante el último año.
A suma de lo anterior, a mediados del mes de septiembre, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación digital ha autorizado a Banco Santander y Mapfre para que comercialicen con la hipoteca inversa.