La salud mental en la sociedad española

La salud viene definiéndose por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. En ella, la salud mental se convierte en un componente esencial, inescindible del concepto de salud.

Este concepto se remonta al Preámbulo la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, adoptada por la Conferencia Sanitaria Internacional en Nueva York el 22 de julio de 1946 por los representantes de 61 Estados y ratificada en 1948. Aunque no ha sido modificado desde entonces, la sociedad global ha experimentado una rápida evolución.  

En España, al igual que en gran parte del mundo, la salud mental está siendo desenterrada del tabú, del estigma, de la vergüenza y el secretismo que la ha rodeado durante décadas.

En el Día Mundial de la Salud Mental, celebrado hoy, 10 de octubre, es un momento oportuno para reflexionar sobre qué es la salud mental, cómo se aborda legalmente en nuestro país y cuál es su verdadera importancia. Además de identificar las deficiencias en el sistema y proponer posibles mejoras, tomando en consideración en todo momento el contexto social actual.

¿Qué es la salud mental?

Si bien cada uno de nosotros puede tener su propia percepción o aproximación teórica de lo que es o representa la salud mental, la OMS nos proporciona un concepto para ayudarnos a comprenderlo con mayor rigor.

La salud mental es un estado de bienestar mental que permite a las personas hacer frente a los momentos de estrés de la vida, desarrollar todas sus habilidades, poder aprender y trabajar adecuadamente y contribuir a la mejora de su comunidad. (…) es, además, un derecho humano fundamental. Y un elemento esencial para el desarrollo personal, comunitario y socioeconómico (…) es más que la mera ausencia de trastornos mentales.

Esta definición poliédrica, integra diversos aspectos de la persona, su bienestar y desarrollo individual, así como su relación con el entorno en varios niveles, subrayando en todo momento su importancia.

Marco legal

En la actualidad, no existe una legislación relativa al derecho a la salud mental en España. El marco legal del que hablaremos en este apartado hace referencia al derecho a la salud en toda su extensión, es decir, a todo su contenido. Como hemos indicado anteriormente, el derecho a la salud engloba a la salud mental, es una parte esencial, pero ¿es suficiente una regulación global? ¿o debería regularse el derecho a la salud mental de manera exhaustiva?

Antes de adentrarnos en ello, cabe destacar que a pesar de no existir una ley estatal que regule la salud mental, sí existe en la Comunidad Autónoma de La Rioja: la Ley 6/2023, de 22 de marzo, de las personas con problemas de salud mental y sus familias. El objeto de esta, tal y como establece su art. 1 consiste en garantizar el derecho a la protección de la salud mental a través de su promoción, prevención de la enfermedad, asistencia, cuidados y rehabilitación de las personas usuarias de los servicios en el ámbito de la salud mental, de las personas con problemas de salud mental o de las personas con discapacidad psicosocial, así como sus familias, a través de la creación de un marco jurídico y normativo basado en el respeto de los derechos humanos, así como en la garantía del acceso a la asistencia.

Con esta ley se demuestra la posibilidad de regulación de esta temática, por muy sensible o compleja que pueda parecer. ¿Podría ser un posible punto de partida para una futura ley que regule la situación en todo el territorio español?

Es indiscutible la necesidad de contar con una visión amplia para conocer qué derechos se interrelacionan con el derecho a la salud mental y como ello les afecta. Veremos que hay leyes que consideramos aplicables sin que necesariamente tengan una conexión estrictamente directa con ella, pero, debido a la interrelación en situaciones concretas, son de necesaria aplicación.

A nivel nacional, las leyes aplicables son las siguientes:

  • Constitución Española de 29 de diciembre de 1978. En su art. 43 se recoge el derecho a la protección de la salud.
  • Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.

Como parte inescindible de la salud, la salud mental se encuentra incluida en su objeto: la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud reconocido en el artículo 43 y concordantes de la Constitución (art. 1). A pesar de dedicarle su Capítulo III ‘De la salud mental’, únicamente contiene el art. 20, donde se establecen los principios para la atención en salud mental en diferentes ámbitos.

  • Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Los datos de carácter personal son cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables (art. 3, letra a). Concretamente los datos relativos a la salud son especialmente protegidos (art. 7.3), su régimen de tratamiento y excepciones (art. 7.6) y su regulación en el art. 8. Asimismo, se prevé en el art. 11, letra f, los casos para los que la no obligatoriedad del consentimiento no opera.  

  • Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Es destacable su objeto la regulación de los derechos y obligaciones de los pacientes, usuarios y profesionales, así como de los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, en materia de autonomía del paciente y de información y documentación clínica (art.1).

  • Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
    La atención a la salud mental se encuentra comprendida en la prestación de atención primaria (art. 12.2, letra h), así como en la atención especializada (art. 13.2, letra h).
  • Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

Es relevante en cuanto en su art. 6.3 se establece que los psicólogos son profesionales sanitarios de nivel licenciado.

  • Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

Si bien la ley tampoco se centra específicamente en la salud mental, incluye disposiciones generales sobre medicamentos que podrían ser utilizados en el tratamiento de trastornos psicológicos. Por ejemplo, establece criterios para la autorización y uso de medicamentos con sustancias psicoactivas (art. 49), que son aquellos que afectan el sistema nervioso central.

  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

En lo que concierne a las personas dependientes por razones derivadas de trastornos de salud mental (art. 2).

  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
    En su art. 9 se establecen las categorías especiales de datos y concretamente en su apartado segundo hace referencia al tratamiento de datos de las letras g) h) e i) del artículo 9.2 del Reglamento (UE) 2016/679.

Además, en su disposición adicional decimoséptima se regulan los tratamientos de datos de salud.

Debemos señalar, la existencia del Plan de Acción de Salud Mental 2022-2024 en coordinación con la Estrategia de Salud Mental del Sistema Nacional de Salud 2022-2026. El plan, establece objetivos para la mejora de la salud mental mediante el desarrollo de acciones priorizadas de la Estrategia, basándose en seis líneas estratégicas:

  • Línea 1: Refuerzo de los recursos humanos en salud mental.
  • Línea 2: Optimización de la atención integral a la salud mental en todos los ámbitos del SNS.
  • Línea 3: Sensibilización y lucha contra la estigmatización de las personas con problemas de salud mental con campañas y formación.
  • Línea 4: Prevención, detección precoz y atención a la conducta suicida.
  • Línea 5: Abordaje de problemas de salud mental en contextos de mayor vulnerabilidad.
  • Línea 6: Prevención de conductas adictivas con y sin sustancia.

España, participa a nivel europeo en la implementación de las siguientes estrategias de carácter orientativo:  

  • Carta Social Europea, convenida en Turín, el 18 de octubre de 1961 por los gobiernos signatarios y los miembros del Consejo de Europa. Fue ratificada por España el 6 de mayo de 1980, revisada en 1996 y adoptada nuevamente por España en el año 2000. Siendo actualizada el 11 de junio de 2021. Hay que destacar sus art. 11 (derecho a la protección de la salud) y 17 (derecho de los niños y jóvenes a protección social, jurídica y económica).
  • Estrategia Europea sobre Discapacidad 2010-2020.
  • Estrategia de Salud Mental de la Unión Europea, presentada por la Comisión Europea el 7 de junio de 2023. Consta de 20 iniciativas y una financiación de 1.23 millones de euros.
  • Programa de Trabajo Europeo 2020-2025, “Acción Unida para una Mejor Salud en Europa” (OMS), aprobado por el Consejo Regional de la OMS/Europa el 25 de septiembre de 2020.

En cuanto a nivel internacional:

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III). Concretamente su art. 25.1: toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud (…).
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), aprobado el 16 diciembre 1966 por las Naciones Unidas. En su art. 12.1 recoge que los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), aprobado el mismo día que el PIDESC de la igual manera. Prevé limitaciones para proteger, entre otros, el derecho a la salud en sus arts. 12.3, 18.3, 19.3.b), 21 y 22.2.
  • Declaración de Caracas (Venezuela) de 14 de noviembre de 1990, adoptada por la Conferencia Regional para la Reestructuración de la Atención Psiquiátrica en América Latina dentro de los Sistemas Locales de Salud (SILOS) y convocada por la OMS/Organización Panamericana de Salud.
  • Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, realizada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. A fecha de 4 de octubre de 2023, ha sido firmada por 189 estados miembros de las Naciones Unidas y organizaciones regionales de integración (UE, OEA, UNESCO…) y ratificada por 182. A destacar su art. 25: los Estados Partes reconocen que las personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel posible de salud sin discriminación por motivos de discapacidad.
  • Plan de acción integral sobre Salud Mental 2013-2030 de la OMS. Se trata de una actualización del anterior Plan (2013-2020). Fue refrendado por la 74.ª Asamblea Mundial de la Salud en su decisión WHA74(14), la cual ocurrió virtualmente entre el 24 y 31 de mayo de 2021.

La influencia de los derechos humanos en el derecho a la salud mental

Como hemos podido observar de la definición proporcionada por la OMS y el extenso marco normativo del derecho a la salud, el derecho a la salud mental es una parte esencial de este y constituye un derecho humano fundamental reconocido internacionalmente.

Es innegable que el derecho a la salud mental esta intrínsecamente ligado con el resto de los derechos humanos, recogidos en la Carta Internacional de Derechos Humanos (DUDH, PIDESC y PIDCP). Ocurre lo siguiente, sin una buena salud mental, el ejercicio de los demás derechos humanos no podrá ser pleno y a la inversa.

Pongamos un ejemplo concreto, las personas con trastorno de ansiedad generalizada (TAG), según el Instituto Nacional de Salud de Mental (Estados Unidos de América) son aquellas que se preocupan continuamente por temas de la vida cotidiana, como la salud, el dinero o los problemas familiares, incluso si se dan cuenta de que hay pocos motivos de preocupación. Se sobresaltan con facilidad y no pueden relajarse ni concentrarse. Les resulta difícil dormirse o permanecer dormidos. Podrían tener dolores de cabeza, dolores musculares o dolores inexplicables. Los síntomas con frecuencia empeoran en los momentos de estrés. Las personas que padecen este trastorno no pueden relacionarse con su entorno y funcionar en la vida cotidiana como una persona que no sufra ningún tipo de trastorno en su salud mental. Cuando se padece este trastorno (o cualquier otro trastorno) en la salud mental, los derechos humanos de esa persona se ven afectados, limitados o incluso reducidos a nada. Es posible que una persona que sufra TAG se sienta discriminada y estigmatizada y no busque ayuda, así como que se aísle en su domicilio y no participe en la vida pública ni estudie ni trabaje ni se exprese con libertad. Se traduce en que esta persona verá afectados sus derechos a la no discriminación, a la igualdad, a la salud, a la educación, al trabajo, así como a la libertad de expresión, entre otros. Este ejemplo es extrapolable a cualquier trastorno de la salud mental, siempre guardando las diferencias en cuanto sintomatologías y afectaciones al resto de derechos humanos.

Como decía anteriormente, esto también sucede a la inversa, los derechos humanos están interrelacionados, se protegen entre ellos, siguen el ideal de garantizarse los unos a los otros.

En los siguientes párrafos se analizará cómo los derechos humanos influencian el derecho a la salud mental. Los derechos, también considerados principios fundamentales, expuestos a continuación favorecen y contribuyen a que todas las personas que tengan problemas de salud mental puedan ejercer un derecho al igual que el resto de las personas, no pudiendo garantizar que este se realice siempre de manera plena.

  • Derecho a la no discriminación: Favorece a que no sean discriminadas por ello en ningún ámbito, especialmente en el acceso a la atención sanitaria.
  • Derecho a la igualdad: Favorece a que dispongan de los mismos derechos y oportunidades que las que no los tienen.

Ambos se encuentran dispuestos en el art. 2 de la DUDH: Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio (…). A pesar de que no se vea expresamente representada la posible distinción que puede ocasionar la salud y la condición de sufrir un trastorno de la salud mental, la podemos considerar incluida en la cláusula residual.

La no discriminación y la igualdad constituyen la base para que el resto de los derechos humanos, como los ejemplos que pondremos a continuación, puedan resultar igualmente aplicables a todas las personas, a las que tienen problemas de salud mental y a las que no:

  • Derecho a la salud física y mental
  • Derecho a la vida
  • Derecho a la libertad de expresión
  • Derecho a la educación
  • Derecho al trabajo
  • Derecho a la privacidad

Los estados son los que deben encargarse a través de normativas, legislación y planes de acción y estrategias, de tomar todas las medidas necesarias para asegurar el ejercicio pleno, o lo más cercano posible, de todos y cada uno de estos derechos.

Situación actual

La mayoría de vosotros habréis escuchado en los medios de comunicación que, con los años, los casos de problemas de salud mental “están en aumentando”. ¿Es realmente así? Como dije al principio de este texto, se está acabando con la estigmatización y el tabú de la salud mental, lo que genera una mayor visibilidad de estos problemas.

La tendencia en aumento debe valorarse con una perspectiva amplia, no simplemente reducirla al hecho de que cada vez más personas sufren trastornos, sino que, cada vez más personas se sienten dispuestas a reconocer sus sentimientos y buscar el apoyo y la ayuda que necesitan para llevar una vida con mayor plenitud.

No obstante, el aumento no se debe solamente a esta causa, las razones son numerosas, pues como venimos diciendo el derecho a la salud esta interrelacionado con el resto de los derechos humanos. No se puede obviar la situación tan grave en la que se encuentra España. Son diversas las estadísticas que nos muestran las dificultades en materia de salud mental que esta viviendo la sociedad española.

El ministerio de sanidad expone en su página web que la salud mental se encuentra en el segundo puesto de los principales problemas crónicos de salud que padecen los ciudadanos españoles. En su tabla Principales problemas crónicos de salud, veremos una tabla titulada los principales problemas crónicos de salud, porcentaje de población de 15 y más años que padece determinados problemas crónicos, registrado en atención primaria, por comunidad autónoma, con datos de 2021, publicados en 2023, se recogen los problemas de salud mental como la ansiedad, la depresión, la psicosis, el trastorno adaptativo, el trastorno obsesivo-compulsivo y la fobia. A partir de dicha tabla he realizado la que veréis a continuación, de menor extensión, donde se muestra el porcentaje que representa los problemas crónicos de salud mental a nivel estatal, además, he querido destacar las cinco comunidades autónomas con mayor porcentaje, ordenadas de menor a mayor siguiendo la media española.

Porcentaje problemas crónicos de salud mental a nivel autonomico

Por delante de la salud mental como causa de problemas crónicos solamente se encuentra el colesterol alto con un 25 %.

La prevalencia registrada de trastornos mentales en la población general (indicadores clave del sistema nacional de salud) es necesaria para conocer la cronicidad de la salud mental con mayor detalle. Esta significa el porcentaje de personas que en un momento concreto tienen un trastorno mental diagnosticado. Se calcula dividiendo el número de personas con registro de trastornos mentales en atención primaria entre el número de personas con Tarjeta Sanitaria Individual, multiplicado por cien para expresarlo en porcentaje. Según datos del 2020, la prevalencia media fue del 16,39 %, es decir, aproximadamente 16 de cada 100 personas tenían un trastorno diagnosticado. En el caso de los hombres el valor de prevalencia era de 11,45 % y en de las mujeres del 21,13 %. Estos datos variaron en 2021, pasando a ser de 15, 10,31 y 19,72 % respectivamente.

Retrocedemos un año para conocer los datos sobre algunos de los principales trastornos de salud mental. En 2020, la población española se encontraba afectada por…

Porcentajes trastornos de salud mental 2020

Un ejemplo concreto de la interrelación entre la salud mental y los derechos humanos, concretamente el derecho al trabajo es que, en 2019, 8 de cada 10 personas con problemas de salud no tuvieron empleo, lo que supuso el 83,1 % (estadística del Instituto Nacional de Estadística (INE)). Si continuamos retrocediendo, en 2013, entre el 11 y el 27 % de los problemas de salud mental se pudieron atribuir a las condiciones de trabajo. Ello contribuye a sostener la idea de que los derechos humanos favorecen, no garantizan, pues el derecho al trabajo no ha sido ni está siendo garantizado para las personas con una salud mental afectada.

Por otro lado, ahora, en 2023, diversos organismos como la OMS, la Confederación de Salud Mental de España y Amnistía Internacional sostienen que el 9 % de la población tiene algún tipo de problema de salud mental y el 25 % lo tendrá en algún momento a lo largo de su vida. Esto es 1 de cada 4 personas tendrán un trastorno mental a lo largo de su vida.

A pesar de que hayan pasado aproximadamente 3 años y 6 meses desde que se declaró la pandemia de COVID’19 el 11 de marzo de 2020, seguimos viviendo sus consecuencias. Compartiendo opinión con el prefacio de Health Glance Europe: 2020, la pandemia ha acrecentado el riesgo de desarrollar varios problemas de salud mental, particularmente entre jóvenes y personas con ingresos bajos. Para constatarlo mínimamente debemos comparar los datos de los que disponemos. Por ejemplo, en el preámbulo de la Ley de salud mental de La Rioja, se establece que según datos del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), durante el primer año de pandemia, un 6,4 % de la población acudió a un o una profesional de la salud mental (…) el mayor porcentaje (un 43,7 %) por ansiedad y un 35,5 % por depresión. Más del doble de las personas que han acudido a estos servicios de salud mental son mujeres. Os animo a que, si queréis conocer con mayor detalle lo que supuso la pandemia a la salud mental a través de encuestas y estadísticas realizadas, leáis el Boletín Informativo del INE, titulado la salud mental en la pandemia de 1 de enero de 2021.

Todos estos datos son alarmantes, pero los siguientes datos sobre los jóvenes españoles, de entre 15 y 29 años, en porcentaje, extraídos del Barómetro Juvenil de Salud y Bienestar de los años referidos en la tabla, son cuanto menos, estremecedores:

Porcentajes salud mental jovenes

Estos datos son muy relevantes y reveladores, más cuando la OMS asegura que los trastornos inician alrededor de los 14 años, pero en su mayoría no son detectados ni tratados. ¿Qué hubiese sucedido si se hubiesen prevenido correctamente? ¿Y si a pesar de aparecer hubiesen sido detectados y tratados?

La ideación de suicidio y la comisión de este no solamente afecta a los jóvenes. Los Indicadores de la Sanidad en la UE, del ministerio de sanidad recogen que, en 2020, la Tasa de mortalidad ajustada por edad, por suicidio y autolesiones intencionales, por 100.000 habitantes era la siguiente:

Tasa de mortalidad ajustada por edad, por suicidio y autolesiones intencionales 2020

Veamos la diferencia existente entre los años 2019-2021, según los Indicadores Clave del Sistema Nacional de Salud, la tasa de mortalidad ajustada por edad por suicidio, por 100.000 habitantes:

Tasa de mortalidad ajustada por edad por suicidio 2019-2021

El suicidio es un problema del que no se habla suficiente, pero los datos hablan por sí solos. Solo en 2021, 4.003 personas se quitaron la vida, 11 personas al día… y se calcula que esta es la cifra que ronda cada año, pero la tendencia está en alza. No es un problema que podamos o debamos ignorar, debe atajarse, debe concienciarse de la gravedad, las personas con ideación suicida necesitan ayuda. Porque recordemos, todos tenemos derecho a la vida. He aquí un nuevo ejemplo que demuestra que los derechos humanos no se pueden garantizar con total seguridad.

En cuanto al sistema nacional de salud mental es imperiosa la necesidad de realizar una mayor inversión, tanto económica como humana. El Consejo General de la Psicología de España, afirma en la Nota de prensa del INE del 29 de mayo de 2023: Estadística de profesionales sanitarios colegiados año 2022, que hay 38.427 psicólogos de la rama sanitaria colegiados. Lo que equivale a 0,80 por cada 1.000 habitantes y 6 psicólogos clínicos por cada 100.000 habitantes. Esta última cifra es tres veces menor que la ratio en la Unión Europea, que es de 18. Sin embargo, la ratio varía dependiendo de la comunidad autónoma en la que nos encontremos, siendo Madrid como la comunidad con mayor número de psicólogos, con 177,12 por cada 100.000 habitantes.

Por último, comentar la solicitud de una cita con un psicólogo en la seguridad social. Esta puede convertirse en una verdadera odisea para alguien que esta pasando por un momento delicado con su salud mental. La solicitud debe realizarse al medico de cabecera, por lo que el paciente deberá esperar un tiempo indeterminado hasta que este le dé cita, y si lo considera, le derive al psicólogo. Pero no es automático, en el Informe sobre el estado de la salud mental en España 2023 realizado por el Consejo General de la Psicología de España, recoge que el tiempo de espera medio es de 60 días. No nos engañemos, esta media varía en gran medida entre comunidades autónomas. Sin ir más lejos, tengo conocimiento de primera mano de que en Cataluña se puede llegar a esperar hasta medio año.

Conclusiones

De todos lo expuesto se revela la necesidad de una regulación específica y clara sobre la salud mental, en la que se recojan garantías y derechos de las personas con trastornos, así como las medidas adaptadas por el estado para mejorar sus vidas, los servicios disponibles para ello y cómo utilizarlas. Bajo mi punto de vista, esta normativa debería ser transversal, tomando como punto de partida la necesidad de la sensibilización de toda la población, la educación, la promoción y prevención de la salud mental, adaptándose a todos los niveles, para que tanto niños como adultos entiendan la verdadera importancia de la salud mental.

Se denota una clara tendencia: la disparidad de género se da en cuanto a la prevalencia y el impacto de los trastornos de salud mental. Las mujeres tienden a tener una mayor prevalencia que los hombres, especialmente en los trastornos del sueño, la ansiedad y la depresión. El concepto de carga mental puede verse reflejado en estos resultados, se refiere a la responsabilidad de gestionar el funcionamiento diario de un hogar o familia. Sin embargo, en cuanto a los suicidios, ocurre a la inversa, existe una mayor proporción de hombres que recurren al suicidio. Ello puede deberse a muchos factores, entre ellos el propio estigma de la salud mental y la idea cultural de que el hombre debe ser fuerte ante todas las adversidades y no buscar ayuda por ello.

En este contexto es esencial que el enfoque para abordar la problemática sobre la salud mental sea la equidad y la inclusión, es necesario que en la normativa que vaya a abordar esta temática se recojan las necesidades específicas de género y uno de los principios que la inspiren sea eliminar cualquier forma de discriminación, incluyendo por descontado la de género.

En cuanto a la inversión económica y humana, existe un compromiso por parte del gobierno, habiendo desarrollado el Plan de Acción Salud Mental y COVID’19 y aumentado su dotación en 2023. Aproximadamente serán destinados 43 millones, 3,32 millones para consolidar la línea 024 de atención a la conducta suicida y el montante restante a transferencias a las comunidades autónomas para reforzar la atención en la salud mental. En los próximos años veremos si esta inversión es utilizada para mejorar el sistema de la salud mental y si es suficiente para revertir la situación actual.

Por último, recordemos que la situación económica de todo el mundo no permite abonar cada sesión con el psicólogo a un precio medio de entre cuarenta y ochenta euros, mejoremos el sistema para todos. Si la salud mental es un derecho, tratémoslo como tal, hagamos todo lo posible para garantizarlo. Empieza a cuidar de ti.

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