Esta importante noticia establece un marco legal que garantiza el acceso a documentos públicos en manos de las autoridades públicas y consagra un principio fundamental: la información es pública y comunicable, a menos que existan razones legítimas para su protección.

El derecho de acceso a los documentos públicos no solo es una fuente invaluable de información para el público, sino que también fomenta la rendición de cuentas, la eficacia y la responsabilidad de las autoridades públicas. En virtud de este convenio, cada parte contratante debe asegurar que cualquier persona, sin discriminación, pueda solicitar acceso a documentos públicos.
Sin embargo, es esencial tener en cuenta que existen limitaciones a este derecho, las cuales deben estar claramente establecidas en la legislación. Estas limitaciones se aplicarán cuando la divulgación de información perjudique intereses como la seguridad nacional, la defensa, la seguridad pública, la prevención del delito, la vida privada y otros intereses legítimos.
El procedimiento para solicitar acceso a documentos públicos es sencillo y sin necesidad de dar razones específicas. Los requisitos formales son mínimos para facilitar el proceso de solicitud, y si una solicitud es denegada, el solicitante tiene derecho a recurrir ante una instancia independiente. Además, se garantiza el carácter gratuito del acceso a los documentos en las instalaciones de las autoridades públicas.
El Convenio del Consejo de Europa también establece la obligación de poner a disposición los documentos públicos en diversas formas, ya sea consultando el original o una copia, según la preferencia del solicitante. Además, cualquier omisión en la información contenida en un documento público debe especificarse claramente.
Una parte importante de esta ley es la promoción de la transparencia. Las autoridades públicas deben tomar medidas para poner a disposición documentos públicos con el fin de fomentar la participación informada del público en asuntos de interés general.
El convenio también establece un sistema de órganos para supervisar su aplicación. El Grupo de Especialistas sobre acceso a los documentos públicos se reunirá regularmente para supervisar y hacer propuestas sobre su implementación. Este grupo está compuesto por expertos independientes y imparciales y tiene la responsabilidad de garantizar que las partes cumplan con las disposiciones del convenio.
Además, la Consulta de las Partes, compuesta por un representante de cada parte contratante, se reunirá para examinar los informes y propuestas del Grupo de Especialistas, proponer modificaciones al convenio y emitir dictámenes sobre cualquier propuesta de modificación.
Por último, es importante destacar que el Convenio del Consejo de Europa sobre el acceso a los documentos públicos entró en vigor en general el 1 de diciembre de 2020, mientras que para España, este convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
En resumen, la ratificación de este convenio en España representa un avance significativo hacia la transparencia, la responsabilidad y la participación ciudadana. Brinda a los ciudadanos la capacidad de acceder a documentos públicos de manera más efectiva y promueve la rendición de cuentas de las autoridades públicas.